La campaña de la Renta 2015, ya está en marcha, a continuación os presentamos algunas novedades para este año, las cuales, quizás os puedan ser de utilidad.

Este año, como novedad, se ha establecido una deducción de 1.200 euros para aquellos contribuyentes que tengan a su cargo algún descendiente con discapacidad o ascendiente con discapacidad, o que formen parte de una familia numerosa o monoparental con dos hijos sin derecho a percibir anualidades por alimentos, en los términos establecidos en el artículo 81.bis de la Ley del IRPF.

Los contribuyentes que tengan derecho a aplicar la deducción por descendientes o ascendientes con discapacidad a cargo, que formen parte de una familia numerosa en sus diferentes modalidades o que sean ascendientes de familias monoparentales (separados legalmente o sin vínculo matrimonial) con dos hijos por los que tenga derecho a la totalidad del mínimo previsto en el artículo 58 de la LIRPF y sin derecho a percibir anualidades por alimentos necesitarán disponer de la siguiente información:

1) Para cumplimentar la deducción por descendiente o ascendiente con discapacidad a cargo:

  • El NIF del descendiente/ascendiente.
  • La fecha de efectos del reconocimiento de la discapacidad
  • En caso de cesión del derecho:
    • El beneficiario deberá conocer el NIF del contribuyente que le ha cedido el derecho.
    • El cedente deberá conocer el NIF de la persona a la que le cede el derecho.
  • El importe de las cotizaciones a la Seguridad Social o Mutualidad del contribuyente y, en su caso, las cotizaciones de los contribuyentes que le hayan cedido el derecho.
  • En caso de pago anticipado, la cuantía de los pagos anticipados.

2) Para cumplimentar la deducción por familia numerosa:

  • Título de familia numerosa: número de identificación, categoría, fecha de expedición del título.
  • En caso de cesión del derecho:
    • El beneficiario deberá conocer el NIF del contribuyente que le ha cedido el derecho.
    • El cedente deberá conocer el NIF de la persona a la que le cede el derecho.
  • El importe de las cotizaciones a la Seguridad Social o Mutualidad del contribuyente y, en su caso, las cotizaciones de los contribuyentes que hayan cedido el derecho.
  • En caso de pago anticipado, la cuantía de los pagos anticipados

3) Para cumplimentar la deducción por ascendiente separado legalmente, o sin vínculo matrimonial, con dos hijos sin derecho a percibir anualidades por alimentos.

  • NIF de los hijos.

Puedes ampliar la información en la Web de la Agencia Tributaria: http://goo.gl/0cAmn2